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    Descubre la nueva Normativa de Circulación aprobada por el Consejo de Ministro

    normativa circulación aprobada en el consejo de ministros destacada

    Este pasado martes 10 de noviembre el Consejo de Ministro ha aprobado la modificación de la regulación en la normativa de circulación. Entre otras medidas, por destacar, se ve aumentado la cantidad de puntos de la multa por usar el teléfono móvil mientras conducimos, de 3 puntos pasa a 6 y se elimina también la posibilidad de circular 20 km/h más de lo permitido en carreteras de 1 carril cuando vamos a realizar un adelantamiento.

    Las medidas aprobadas en el Consejo afectan a la circulación y endurecen sanciones ya existentes. Así, se aumentan los puntos de sanción por el uso del móvil, como ya hemos comentado, pero también pasa de 3 a 4 puntos la sanción por el uso indebido de los sistemas de retención como el cinturón de seguridad, el casco, los sistemas de retención infantil u otros sistemas de protección obligatoria en los vehículos.
    Junto a estas medidas, en la nueva normativa de circulación también se han regulado los límites de velocidad en las vías urbanas. Las normas adoptadas en este sentido son: vías de plataforma única de calzada y acera al mismo nivel, el límite será de 20 km/h; en las vías de un único carril por sentido de circulación, 30 km/h; y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, seguirá siendo de 50 km/h.
    Además, se pasa a considerar como infracción grave la instalación de sistemas de detección de radares o “cinemómetros”, tipificando esta multa con 500€ y 3 puntos del carnet de conducir.
    Además, también se regula la posibilidad de recuperación de 2 puntos del carnet de conducir con la realización de cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico, en una serie de casos que cumplan lo establecido en las normas de la “orden ministerial”. Junto a este medida, se unifica el periodo necesario que debemos estar sin cometer ninguna infracción para recuperar la totalidad de puntos. Antes de esta norma dependía de la gravedad de la infracción realizada, mientras que ahora se unifica en 2 años.
    También se regula las sanciones por usar dispositivos no autorizados en exámenes de conducir, inhabilitando al infractor por 6 meses para nuevas convocatorias y una multa económica de 500€.

    Otras regulaciones llevadas a cabo en la nueva Normativa de Circulación.

    Además de las mencionadas, se entra a regular otra serie de aspectos:

    Circulación con patinetes: El límite de velocidad establecido está marcado entre 6 y 25 km/h, prohibiendo la circulación por las aceras y sometiendo a estos conductores al resto de normas del resto de vehículos (alcoholemia, etc…)

    Se reduce de 21 a 18 años la edad mínima exigible para conducir camiones habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración; y la edad mínima para conducir autocares a 18 años, pero solo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. A partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas cuando podrán llevar pasajeros.

    Se amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B.

    Recuerda siempre cumplir con las normas de circulación y llevar tu coche a punto y en perfecto estado para que no te pille ningún imprevisto en ninguno de tus viajes o desplazamientos. Ven a Dupesan y deja tu coche en las mejores manos.

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