Cuando comenzó el 2019, la DGT propuso una modificación de sus normas de tráfico con el fin de reducir los accidentes en la carretera.
En Talleres Dupesan vamos a repasar todos los cambios producidos para que conozcas a la perfección las nuevas reglas de tráfico que quieren instalar y evites multas y accidentes con el coche:
Los cambios en la normativa de la DGT
Límite de velocidad en carreteras secundarias
A partir de ahora, la velocidad máxima permitida para vehículos y motocicletas en carreteras secundarias pasaría a ser de 90km/h. Por su parte, autobuses, camiones y furgonetas podrán circular a máximo 80km/h.
Sin embargo, existe una excepción a esta norma para las carreteras con separación física de los sentidos de circulación, en las que se sigue respetando el límite de 100km/h.
El 75% de los accidentes mortales de tráfico se producen en carreteras secundarias. Con esta medida se prevé reducir la mortalidad en accidentes hasta en un 10%.
La sanción por superar este límite será de 100€. Además, se empezarán a retirar 2 puntos del carnet cuando se supere esta velocidad en más de 20 km/h y la sanción aumentará a 300€.
También se quiere limitar a 30km/h la velocidad en calles de un solo carril por sentido o de sentido único.
Uso del teléfono móvil al volante
El uso de dispositivos móviles al volante se considerará infracción grave y se procederá a la retirada de 6 puntos del carnet de conducir y la sanción económica de 200€. Esta medida también se aplica para el uso de detectores de radares o la manipulación de navegadores conduciendo.
Uso de cinturón de seguridad y casco
La no utilización del cinturón de seguridad o del casco en el caso de motorisas supondrá una sanción de 200€ y la retirada de 4 puntos del carnet. Esta misma sanción también se aplicará cuando no se utilice el sistema de retención infantil adecuado a los niños pequeños.
Recuperación de puntos
Por otro lado, recuperar los puntos del carnet será algo más sencillo. Los infractores que superen los cursos de sensibilización y reeducación vial obtendrán 8 puntos nuevos, en vez de 6 como hasta ahora.
Además, se unifica el plazo de dos años necesarios para que, habiendo perdido puntos (independientemente de que la infracción sea grave o muy grave), y siempre que durante ese periodo no se cometa ninguna infracción que suponga la pérdida de los mismos, un conductor recupere los 12 puntos de su carnet.
También se pueden obtener 2 puntos adicionales a conductores que, teninedo un saldo positivo de los puntos, realicen cursos de conducción segura.
Modificaciones del Código Penal referentes a Seguridad Vial
Se crea el nuevo delito de «abandono del lugar del accidente», con penas de 2 a 4 años de prisión en caso de que el accidente sea resultado de una imprudencia. En caso de que el siniestro fuera fortuito, de 3 a 6 meses de cárcel.
Cuando se comenta un delito contra la seguridad vial se considerará automáticamente imprudencia grave y la pena será de entre 1 y 4 años en caso de fallecimiento y de hasta 1 año en caso de heridos. Se considerarán delito los accidentes provocados por exceso de velocidad o consumo de drogas y/o alcohol.
En caso de fallecimiento múltiple, se sancionará con penas de entre 6 y 9 años de cárcel.
Por último, los siniestros menores volverán a ser delitos, con penas de entre 3 y 6 meses de multa y las víctimas podrán beneficiarse de la protección que les otorga la legislación penal.
Si ya sabes lo que tienes que hacer, y no lo haces, entonces estás peor que antes
Confucio
Ya sabéis, lo mejor es conducir de manera correcta y segura para evitar accidentes y sanciones. ¡Hasta la próxima! 🙂